sábado, 12 de enero de 2008
APROBADA LA MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTATAL DE VIVIENDA 2005-2008
REAL DECRETO 14/2008, de 11 de enero, por el
que se modifica el Real Decreto 801/2005, de 1
de julio, por el que se aprueba el Plan Estatal
2005-2008, para favorecer el acceso de los ciudadanos
a la vivienda .
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que reforma el Plan de Vivienda 2005-2008 elaborado por el Ministerio de Vivienda. La reforma se produce una vez transcurridos los dos primeros programas anuales del Plan con el objetivo de mejorar la regulación de algunos aspectos del mismo y contiene las sugerencias y aportaciones de las Comunidades y Ciudades Autónomas, de la Federación Española de Municipios y Provincias, así como de las asociaciones y organizaciones más representativas del sector.
Los cambios introducidos tienen como principales objetivos que más familias con rentas bajas y medias puedan beneficiarse de las políticas de vivienda, impulsar el mercado de alquiler y, a su vez, la rehabilitación. Además, esta reforma pretende incentivar al sector inmobiliario para que incremente su actividad en el mercado de la vivienda protegida.
Entre las principales novedades que incluye el Real Decreto de la reforma del Plan de Vivienda 2005-2008 cabe destacar:
El impulso del mercado del alquiler.
El fomento de la compra de viviendas usadas.
La flexibilización de las condiciones de la promoción de viviendas protegidas de precio concertado.
La mejora de las condiciones de préstamo para la rehabilitación integral de viviendas y de centros históricos y urbanos.
La posibilidad de calificar como viviendas protegidas ciertas viviendas libres que cumplan las condiciones necesarias
La ampliación del concepto de áreas de rehabilitación, creando una nueva como es el de áreas de renovación urbana.
La fijación del precio básico y tipo de interés de los préstamos convenidos.
Impulso del alquiler
La reforma del Plan de Vivienda 2005-2008 pretende dar un mayor impulso al alquiler, mejora la financiación de las promociones de viviendas de nueva construcción en alquiler y ofrece una mayor capacidad de financiación a los promotores a través de préstamos subvencionados, todo ello, además de las ayudas directas para la promoción de viviendas de alquiler social que siguen vigentes en el Plan.
Del mismo modo, para incrementar la oferta de alquiler se flexibilizan las condiciones que hasta ahora debían cumplir los propietarios de viviendas vacías que decidieran ponerlas en alquiler y quisieran beneficiarse de la ayuda de seis mil euros. En este sentido, se suprime el requisito de superficie máxima y se eleva el importe que pueden percibir por el alquiler.
La renta máxima que podrán percibir será equivalente a la del precio de la VPO nueva de renta concertada durante diez años (el importe varía en función de las comunidades autónomas). Por ejemplo: en el caso de un piso de 70 m2 en Madrid, la renta máxima que podrá percibir el propietario a partir de ahora será de 960 euros mensuales.
Además, se amplía esta ayuda directa de seis mil euros a los promotores que alquilen las viviendas de nueva construcción que lleven más de un año puestas en venta.
Respecto a las ayudas a inquilinos, para poder obtener las subvenciones de hasta un máximo de 240 euros al mes que ya contemplaba el Plan de Vivienda 2005-2008, los beneficiarios deberán tener unos ingresos familiares inferiores a 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), lo que equivale aproximadamente a 1.273 euros al mes. La novedad que introduce la reforma es que facilitará la percepción de la ayuda a colectivos que ahora tenían dificultades bien por la renta que pagaban, bien por la superficie de la vivienda. Además, ahora las Comunidades Autónomas podrán complementar estas ayudas y flexibilizar las condiciones de los beneficiarios dependiendo de la demanda que exista en cada una de ellas.
Asimismo, las viviendas de alquiler de renta básica, es decir las destinadas a familias con menores recursos, se consideraran como viviendas de régimen especial a efectos del IVA superreducido.
Alquiler con opción a compra
La reforma del Plan de Vivienda 2005-2008 introduce la figura del alquiler protegido con opción a compra. En este caso, los inquilinos podrán ejercer la opción de compra transcurridos diez años desde la construcción de la vivienda. En esta modalidad tendrán preferencia para adquirir las viviendas los inquilinos que hayan permanecido, al menos, cinco años en régimen de arrendamiento en dichas viviendas.
Fomento de la compra de viviendas usadas
Asimismo, la reforma del Plan fomenta la compra de viviendas usadas, para lo cual se incrementan los precios máximos de viviendas libres cuya compra está subvencionada, al tiempo que se reducirá a un año el plazo para que una vivienda libre nueva pueda ser considerado usada.
Con esta medida, las promotoras que no vendan sus casas en el plazo de un año tendrán la posibilidad de ajustar los precios a los máximos establecidos para vivienda usada, de tal forma que los compradores puedan acogerse a las ventajas establecidas en el Plan de Vivienda.
Zona Ciudades Incrementos Max. anterior euros/m2 Max. Actual euros/m2
A Madrid, Barcelona, Valencia… 20,56% 2213,12 2668,16
B Alicante, Guadalajara, Zaragoza……. 19% 1630,72 1940,48
C Sevilla, Almería, Santander….. 12,8% 1397,76 1576,64
Viviendas protegidas de régimen especial y de precio concertado
Asimismo, el Real Decreto flexibiliza las condiciones para la promoción de vivienda protegida de régimen especial y de precio concertado, ajustando los precios del Plan Estatal a los que tienen la mayoría de Comunidades Autónomas. El objetivo es que se construyan más viviendas de precio concertado, destinadas a familias con rentas medias (con ingresos hasta un máximo de 6,5 veces el IPREM, lo que equivale a ingresos de aproximadamente 3.316 euros mensuales por hogar), y más viviendas de régimen especial, destinadas a las familias con menores ingresos (de menos de 2,5 veces el IPREM, lo que equivale, aproximadamente, a 1.273 euros mensuales por hogar).
Con la modificación de las condiciones de financiación de las viviendas de precio concertado se pretende favorecer la venta de viviendas libres que están actualmente en "stock" y que podrán ser vendidas como protegidas. A continuación, se ofrece un ejemplo del incremento de los precios máximos de la vivienda de precio concertado por zona
Zona Ciudades Incremento Max. Anterior euros/m2 Max. Actual euros/m2
A Madrid, Barcelona, Valencia……. 20,56% 2489,76 3001,68
B Alicante, Guadalajara, Zaragoza 28,15% 1703,52, 2183,04
C Sevilla, Almería, Santander….. 17,70% 1506,96 1773,72
Con la modificación del límite de precios de viviendas de régimen especial, se pretende promover la construcción de las viviendas destinadas a las familias con los ingresos más bajos y que son fundamentalmente promovidas por las empresas públicas de vivienda y suelo. El precio de estas viviendas se situará en 1.137 euros/m2 para el ámbito territorial normas. A estas viviendas se les aplica el tipo superreducido del IVA del 4 por 100.
Centros históricos y urbanos y áreas de renovación urbana
Otro de los objetivos relevantes de la reforma del Plan de Vivienda es mejorar la financiación de la rehabilitación, posibilitando que los promotores y propietarios de las viviendas rehabilitadas puedan acceder a préstamos protegidos (con un interés del 5,09 por 100, inferior al que ofrecen las entidades financieras), haciendo más viables las operaciones de rehabilitación de los centros históricos y urbanos. Además, se amplia el concepto de áreas de rehabilitación, creando uno nuevo, áreas de renovación urbana, en las cuales se podrán derribar viviendas que se encuentran en zonas muy degradadas para construir otras nuevas.
Conviene recordar que todas las actuaciones relacionadas con los procesos de rehabilitación en sus distintas variantes son las más intensivas en mano de obra del conjunto del sector. Además, se posibilita el acceso de los promotores que lleven a cabo los procesos de renovación urbana a los préstamos protegidos, lo que hasta el momento no era posible.
Mejora de la vivienda rural
La modificación del Plan de vivienda adapta la vivienda rural existente en el Plan a la regulación incluida en la recientemente aprobada Ley para el Desarrollo Sostenible del Medio Rural, de 13 de diciembre de 2007, e incorpora a la financiación los anejos que se dediquen a actividades agrarias. Con esta modificación el Ministerio de Vivienda financiará también la superficie que se destine en la vivienda para el ejercicio de las actividades agrarias en cada vivienda autopromovida hasta veinticinco metros cuadrados de superficie útil.
Precio básico y tipo de interés de los préstamos convenidos
Asimismo, el Real Decreto que hoy se aprueba incluye las nuevas cuantías de precio básico y tipo de interés para incentivar la construcción y financiación de las viviendas protegidas. El precio básico nacional (PBN) queda establecido en 758 euros por metro cuadrado de superficie útil, con un incremento del 4,12 por 100.
El tipo de interés se establece de acuerdo con el sistema pactado con las entidades financieras y recogido en la normativa en vigor, de forma que para los préstamos que se financien con cargo al plan de vivienda el tipo de interés será del 5,09 por 100. Este tipo de préstamos es sustancialmente inferior al ofrecido por las entidades financieras en el mercado libre.
Aumento del plazo de amortización de los préstamos
A efectos de facilitar a los ciudadanos la adquisición de viviendas financiadas en el marco del Plan de Vivienda, la reforma del Plan introduce la posibilidad de ampliar el periodo de amortización de los préstamos convenidos más allá de los veinticinco años.
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